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Adopción

noviembre 13, 2023
adopcion

La adopción es un acto jurídico por el cual niños, niñas o adolescentes que han perdido el vínculo con su familia biológica son integrados a una familia que les ofrece afecto, cuidados, educación, protección y condiciones adecuadas para su desarrollo. La adopción es un derecho fundamental de la niñez, reconocido por la Convención sobre los Derechos del Niño, que busca garantizar el interés superior de los menores y su bienestar integral.

La adopción implica la creación de una relación de parentesco entre el adoptado y la familia adoptante, que genera los mismos derechos y obligaciones que la filiación natural. La adopción es una decisión responsable, altruista y solidaria, que requiere de un proceso legal, psicológico y social, que involucra a diversas instituciones y profesionales. En este artículo, te explicaremos qué es la adopción y sus requisitos, qué tipos de adopción existen, cuál es su importancia y cómo se realiza la adopción internacional.

¿Qué es la adopción y sus requisitos?

La adopción es la forma jurídica de crear una familia cuando no es posible hacerlo por medios naturales. La adopción consiste en acoger como hijo o hija a un niño, niña o adolescente que se encuentra en situación de desamparo, abandono, orfandad o riesgo, y brindarle un entorno familiar estable, seguro y amoroso. La adopción es irrevocable, es decir, que una vez que se realiza, no se puede anular ni modificar. La adopción es plena, es decir, que el adoptado adquiere todos los derechos y deberes de un hijo biológico, y pierde los que tenía con su familia de origen. La adopción es confidencial, es decir, que se respeta el derecho a la intimidad de las partes involucradas, y se evita la divulgación de datos personales o sensibles.

Los requisitos para adoptar varían según la legislación de cada país, pero en general, se exige que los adoptantes cumplan con las siguientes condiciones:

  • Ser mayores de edad y tener capacidad legal para adoptar.
  • Tener una diferencia de edad mínima con el adoptado, que puede ser de 14, 16 o 18 años, según el país.
  • Tener una situación económica, social, familiar y de salud adecuada para el cuidado del adoptado.
  • No tener antecedentes penales ni judiciales que afecten la idoneidad para adoptar.
  • Acreditar la preparación y formación necesaria para asumir la responsabilidad de la adopción.
  • Contar con el consentimiento del cónyuge o pareja, si se trata de una adopción conjunta, o del adoptado, si es mayor de 12 años o tiene suficiente madurez.
  • Respetar el derecho del adoptado a conocer su origen biológico, su identidad y su historia de vida.

¿Qué tipos de adopción existen?

Existen diferentes tipos de adopción, según el grado de parentesco, el origen o la nacionalidad de los adoptantes y el adoptado. Algunos de los tipos más comunes son:

  • Adopción simple: Es aquella en la que el adoptado conserva los vínculos jurídicos con su familia biológica, y adquiere los derechos y obligaciones de un hijo con la familia adoptante. Este tipo de adopción es poco frecuente y se da en casos excepcionales, como cuando el adoptado es mayor de edad o tiene una discapacidad.
  • Adopción plena: Es aquella en la que el adoptado pierde los vínculos jurídicos con su familia biológica, y adquiere los derechos y obligaciones de un hijo con la familia adoptante. Este tipo de adopción es el más habitual y el que se recomienda por el interés superior del menor.
  • Adopción nacional: Es aquella en la que los adoptantes y el adoptado tienen la misma nacionalidad y residen en el mismo país. Este tipo de adopción se rige por la legislación interna de cada país y se tramita ante las autoridades competentes del lugar de residencia de los adoptantes.
  • Adopción internacional: Es aquella en la que los adoptantes y el adoptado tienen distinta nacionalidad y residen en países diferentes. Este tipo de adopción se rige por la legislación interna de cada país y por los convenios internacionales que regulan la materia, como el Convenio de La Haya sobre Protección de Menores y Cooperación en Materia de Adopción Internacional. Este tipo de adopción se tramita ante las autoridades competentes del país de origen y del país de acogida del adoptado.

¿Qué es la adopción y su importancia?

La adopción es una forma de crear una familia que tiene una gran importancia social, jurídica y humana. La adopción es importante porque:

  • Permite que los niños, niñas y adolescentes que no tienen una familia biológica o que han sido separados de ella por diversas causas, puedan tener una familia adoptiva que les brinde amor, protección, educación y oportunidades para su desarrollo.
  • Contribuye a garantizar el derecho fundamental de la niñez a tener una familia, que es el núcleo básico de la sociedad y el espacio natural para el crecimiento y la formación de las personas.
  • Favorece la integración social, cultural y afectiva de los adoptados, que pueden acceder a una identidad, una nacionalidad, una herencia y una red de apoyo familiar y comunitario.
  • Promueve la solidaridad, la responsabilidad y el respeto entre las familias adoptivas y las familias biológicas, que deben colaborar en el proceso de adopción y en el seguimiento del bienestar de los adoptados.
  • Enriquece la diversidad y la pluralidad de las familias, que pueden estar conformadas por personas de diferentes edades, géneros, razas, culturas, religiones y orientaciones sexuales.

Adopción internacional: ¿Qué es y cómo se realiza?

La adopción internacional es aquella en la que los adoptantes y el adoptado tienen distinta nacionalidad y residen en países diferentes. La adopción internacional se realiza cuando no existen posibilidades de adopción nacional para el menor, y cuando se garantiza que la adopción es el mejor medio para satisfacer su interés superior. La adopción internacional se rige por la legislación interna de cada país y por los convenios internacionales que regulan la materia, como el Convenio de La Haya sobre Protección de Menores y Cooperación en Materia de Adopción Internacional, que tiene como objetivos:

  • Establecer garantías para que las adopciones internacionales se realicen en el respeto de los derechos fundamentales de los menores.
  • Prevenir el tráfico, la venta, la explotación y el abuso de los menores que son objeto de adopción internacional.
  • Fomentar la cooperación entre los Estados contratantes para asegurar el reconocimiento de las adopciones internacionales y el seguimiento de las mismas.
  • Facilitar la información, el asesoramiento y la orientación a las personas interesadas en la adopción internacional.

Para realizar una adopción internacional, los adoptantes deben cumplir con los requisitos establecidos por la legislación del país de origen y del país de acogida del adoptado, y seguir los pasos que se indican a continuación:

  • Solicitar la acreditación como adoptantes ante la autoridad competente del país de acogida, que evaluará su idoneidad y capacidad para adoptar.
  • Elegir el país de origen del adoptado, teniendo en cuenta las características, las necesidades y las expectativas de ambos.
  • Contactar con una entidad autorizada para la adopción internacional, que se encargará de gestionar el expediente y de intermediar con la autoridad competente del país de origen.
  • Esperar la asignación del adoptado, que se realizará por la autoridad competente del país de origen, según el perfil y la disponibilidad de los menores.
  • Viajar al país de origen para conocer al adoptado, formalizar la adopción y obtener los documentos necesarios para el traslado al país de acogida.
  • Solicitar el reconocimiento de la adopción y la nacionalidad del adoptado ante la autoridad competente del país de acogida, que verificará el cumplimiento de los requisitos legales y emitirá el certificado correspondiente.
  • Realizar el seguimiento postadoptivo, que consiste en informar periódicamente sobre la adaptación y el desarrollo del adoptado, y en recibir apoyo y orientación de los profesionales especializados.

¿Qué es el Certificado de Idoneidad?

El Certificado de Idoneidad es un documento que establece si una persona o una pareja son aptos para la adopción de uno o varios niños, niñas o adolescentes. El Certificado de Idoneidad se obtiene después de un proceso de evaluación legal, psicológica y social, que realiza el Consejo Técnico de Adopciones o la autoridad competente del país de origen de los adoptantes, en los casos de adopciones internacionales.

¿Qué es el Consejo Técnico de Adopciones?

El Consejo Técnico de Adopciones es un órgano colegiado y consultivo que tiene como objetivo proteger y velar por el interés superior de los menores que se encuentran bajo el resguardo o la tutela del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) o de alguna otra institución pública o privada, y que son sujetos de adopción.

El Consejo Técnico de Adopciones se encarga de dictaminar y resolver sobre la idoneidad y la asignación de los candidatos a ser padres o madres adoptantes, dentro del procedimiento administrativo previo al juicio de adopción. El Consejo Técnico de Adopciones se rige por la legislación interna de cada entidad federativa y por los convenios internacionales que regulan la materia.

Adopción por Homosexuales y Parejas del Mismo Sexo

La adopción por homosexuales y parejas del mismo sexo es un tema que genera debate y controversia en muchos países, incluyendo México. La adopción es el medio jurídico por el cual niños, niñas o adolescentes son integrados a una familia para gozar de afecto, cuidados, educación, protección y condiciones adecuadas para su desarrollo al que tienen derecho.

Sin embargo, no todas las familias tienen la misma composición ni la misma orientación sexual, y esto plantea cuestiones legales, sociales y psicológicas que deben ser analizadas con rigor y respeto.

Efectos Jurídicos de la Adopción

Los efectos jurídicos de la adopción son aquellos que se derivan de la relación de filiación que se establece entre el adoptado y la familia adoptante, y que implican derechos y obligaciones recíprocos. Estos efectos son los mismos para todos los tipos de adopción, ya sea simple, plena, nacional o internacional, y no dependen de la orientación sexual de los adoptantes. Algunos de estos efectos son:

  • El adoptado se equipara al hijo consanguíneo para todos los efectos legales, incluyendo los impedimentos del matrimonio.
  • El adoptado tiene en la familia del adoptante los mismos derechos, deberes y obligaciones que las del hijo consanguíneo.
  • El adoptado adquiere la nacionalidad y la vecindad civil del adoptante, y pierde la de su familia de origen.
  • El adoptado tiene derecho a conocer su origen biológico, su identidad y su historia de vida, y a mantener contacto con su familia de origen, si así lo desea.
  • El adoptado tiene derecho a recibir alimentos, educación, salud, protección y afecto de sus padres adoptivos, y a heredar de ellos.
  • Los padres adoptivos tienen la patria potestad sobre el adoptado, y deben velar por su interés superior, su bienestar y su desarrollo integral.

Estos efectos jurídicos se mantienen mientras subsista la adopción, que es irrevocable, salvo que se declare judicialmente su nulidad o extinción por alguna de las causas previstas por la ley.